Ley de Arizona: Tráfico de Personas para Trabajo o Servicios Forzados. El Estatuto Revisado de Arizona § 13-1308 establece que es un delito grave de Clase 2 traficar intencionalmente con una persona con el propósito o conocimiento de que será sometida a trabajo o servicios forzados. Esta es una de las clasificaciones penales más graves en el estado y puede conllevar penas de prisión significativas, especialmente si hay otros cargos involucrados.
Según esta ley, también es ilegal:
Beneficiarse económicamente o de otra manera de participar en una empresa que haya incurrido en tráfico laboral, incluso si no traficó directamente con una persona.
Participar o estar relacionado con delitos como:
¿Qué Significa “Trabajo o Servicios Forzados”?
La ley de Arizona define el trabajo o los servicios forzados como aquel trabajo obtenido mediante amenazas graves, coerción o abuso de poder. Esto incluye:
La ley excluye tareas domésticas ordinarias o medidas disciplinarias razonables por parte de un padre o tutor legal.
¿Qué Significa “Tráfico” Según la Ley de Arizona?
El tráfico se define de manera amplia. Una persona comete tráfico cuando: