Permite que las víctimas de trata de personas que han cooperado con las autoridades y las investigaciones permanezcan temporalmente en los Estados Unidos y accedan a los servicios necesarios.
Permite a los sobrevivientes de trata acceder a autorización de trabajo y beneficios públicos antes de que su Visa T sea totalmente aprobada.
Disponible para víctimas de ciertos delitos que han sufrido abuso físico o mental considerable y están dispuestas a ayudar a las autoridades en la investigación o enjuiciamiento de dichos delitos.
Es el estatus que se otorga a una persona autorizada para vivir y trabajar de forma permanente en los Estados Unidos.
Es el proceso mediante el cual un residente permanente legal obtiene la ciudadanía después de cumplir con ciertos requisitos.
Emitida a adultos extranjeros que han sido víctimas de trata.
Emitida a menores extranjeros, incluidos los niños no acompañados, que han sido víctimas de trata.
El programa H-2A permite a empleadores agrícolas en los EE. UU. contratar trabajadores extranjeros para realizar trabajos agrícolas temporales cuando no hay trabajadores nacionales disponibles o dispuestos a hacerlo.
Es un programa de visa temporal para trabajadores agrícolas en EE. UU.
Este programa está diseñado para cubrir escasez temporal de mano de obra en el sector agrícola. El periodo de estadía generalmente dura hasta un año, con posibilidad de extensión en ciertos casos.
Los empleadores deben cumplir con requisitos como proporcionar vivienda y transporte, y respetar las leyes laborales y salariales.
La visa H-2B es un programa temporal no inmigrante en los EE. UU. que permite a los empleadores contratar trabajadores extranjeros para puestos no agrícolas cuando no pueden encontrar trabajadores estadounidenses calificados. Estos trabajos suelen ser estacionales, intermitentes o de alta demanda temporal.
Los empleadores deben demostrar que la necesidad es temporal, que no hay suficientes trabajadores estadounidenses disponibles y que la contratación de trabajadores H-2B no afectará negativamente las condiciones salariales o laborales. Este programa tiene un límite anual de visas emitidas.
Estas visas están vinculadas a un trabajo específico con un empleador específico, y los trabajadores tienen derecho a ciertas protecciones como salario justo, reembolso de transporte y otros beneficios bajo la ley laboral de EE. UU.
La visa J-1 es una categoría de visa no inmigrante diseñada para programas de intercambio cultural y educativo. Permite a ciudadanos extranjeros residir temporalmente en EE. UU. para participar en programas aprobados de intercambio.
Los participantes deben regresar a su país de origen al finalizar el programa para compartir sus experiencias y aplicar el conocimiento adquirido.
Están sujetos a requisitos específicos del programa y deben cumplir con las reglas del patrocinador del programa.
Las visas A-3 se otorgan a empleados personales, asistentes o trabajadores domésticos de diplomáticos y funcionarios del gobierno asignados a los EE. UU.
Es una visa no inmigrante vinculada al empleador y al acuerdo laboral específico. Los titulares no pueden cambiar de empleador sin obtener una nueva visa.
La visa G-5 es una visa no inmigrante otorgada a personas que trabajan para empleados con visas G1-G4 (diplomáticos o empleados de organizaciones internacionales). Suelen brindar servicios como cuidado de niños, limpieza o chofer para el titular principal de la visa y su familia.
También permite la entrada de los familiares inmediatos del titular de la visa G-5.
Al igual que la visa A-3, está ligada al empleador y al acuerdo específico de trabajo. No se puede cambiar de empleador sin una nueva visa.